LA CUENTA 551: SEÑALES DE HUMO PARA HACIENDA.

La Cuenta 551 "Cuenta corriente con socios y administradores" es una cuenta de efectivo, es decir, que el movimiento que se produce es de tesorería, se cargue o se abone, siempre se refleja una entrada o salida en cuentas de tesorería.

Su funcionamiento es similar al de un contrato de cuenta corriente. El socio tiene un intercambio de efectivo constante con la sociedad, entonces establece una "cuenta corriente" con la sociedad y el saldo de la cuenta será deudor o acreedor en la medida que el socio haya anticipado dinero a la sociedad o a la inversa.

La peculiaridad es que en este tipo de intercambio no hay pactadas unas condiciones (intereses, comisiones, etc.), es decir, su funcionamiento debe reflejar la situación real de la sociedad con respecto al socio y/o administrador, ya que en el momento que se estableciese algún tipo de condición.

Por tanto, para determinar si es correcta la contabilización dentro de esta Cuenta deberán tenerse en cuenta que se cumplan las notas definitorias recogidas en la misma, debiéndose descartar que estamos ante un pasivo.

Uno de los riesgos de que figuren saldos elevados en este tipo de Cuentas es que la Administración pudiera llegar a interpretar que las operaciones que originan esos saldos no cumplen con las Notas definitorias de la Cuenta 551, sino que tuvieran otra naturaleza, ya fuera de pasivo (préstamo al socio) o de reparto de beneficio (dividendo), con las consecuencias fiscales que ello podría llegar acarrear.

En relación con lo anterior, hay que tener en cuenta que, en el ámbito tributario, rige el llamado principio de calificación tributaria (art. 13 LGT), en virtud del cual, las obligaciones tributarias se exigirán con arreglo a la naturaleza jurídica del hecho, acto o negocio realizado, cualquiera que sea la forma o denominación que los interesados le hubieran dado, y prescindiendo de los defectos que pudieran afectar a su validez.

Siendo así, se ha de tener presente que, el hecho de que la sociedad y el socio hayan contabilizado dentro de la Cuenta 551 las disposiciones de efectivo que haya podido realizar el socio, no impediría que la Administración Tributaria pudiera entrar a calificar la operación como un préstamo de la entidad al socio (o viceversa) o de reparto de dividendos.

A estos efectos, recordemos la definición de Pasivo recogida en la 1ª Parte del Plan General de Contabilidad, según la cual por pasivos se ha de entender: obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados, para cuya extinción la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficios o rendimientos económicos en el futuro.

Salvo mejor opinión

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